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Con esta publicación se prohibe la pesca recreativa en Cabo Peñas, en Asturias, de la lubina.

Queda reservada a las capturas de profesionales, lo que convierte en un coto privado de pesca este sector.

Nuevamente es de lamentar que seamos los pescadores recreativos los perjudicados en estas posibles capturas cuando estamos limitados a 5 kg. Si de verdad se quisiera la protección del recurso pesquero no se daría cheque en blanco a los profesionales para que capturen sin límite todas las lubinas que quieran a su antojo, en época de freza o no.

Esta es la política pesquera, acabando con las especies a las que el pescador recreativo apenas tiene opción a capturar como la merluza, sardina, besugo, etc. pero paga las consecuencias de su escasez y casi extinción.

«Orden APA/21/2021, de 19 de enero, por la que se modifican varias Órdenes en materia pesquera y el Anexo I del Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.

Publicado en: «BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2021, páginas 5491 a 5500 (10 págs.) Sección: I. Disposiciones generales Departamento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación Referencia: BOE-A-2021-838 Permalink ELI: https://www.boe.es/eli/es/o/2021/01/19/apa21

https://www.boe.es/boe/dias/2021/01/21/pdfs/BOE-A-2021-838.pdf

https://www.boe.es/boe/dias/2021/01/21/pdfs/BOE-A-2021-838.pdf

Toneladas de lubinas. ¿Culpables los recreativos?

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