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RESUMEN DE LAS PRINCIPALES ATRIBUCIONES DE LOS TÍTULOS NÁUTICOS EN ESPAÑA, SEGÚN EL RD DE LAS TITULACIONES NÁUTICAS APROBADO EN CONSEJO DE MINISTROS.

Madrid, 10 de octubre de 2014.

Exención de titulación:

  • Motor hasta 5 metros.
  • Vela hasta 6 metros.
  • Potencia 11,26 kw (15 CV)
  • Navegación de día.
  • 2 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo.

Licencia de Navegación:

  • Motor y vela hasta 6 metros.
  • Motos de agua categoría C.
  • Potencia adecuada a la embarcación según fabricante.
  • Navegación de día.
  • 2 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
  • Requisitos de formación: 2 horas de teoría (nociones radio) y 4 horas de prácticas sin necesidad de examen.
  • Escuelas náuticas y Federaciones de Vela y Motonáutica.

Patrón de Navegación Básica:

  • Motor hasta 8 metros.
  • Hasta 5 millas de un puerto de abrigo.
  • Exámenes por la Administración.
  • 8 horas de prácticas.
  • Curso de radiocomunicaciones 4 horas (2T + 2P).
  • ·Prácticas básicas y complementarias y cursos de formación podrán ser impartidos por lasescuelas y Federaciones.

Patrón de Embarcación de Recreo:

  • Motor y vela hasta 15 metros (vela previa realización prácticas específicas).
  • Navegación de día y de noche.
  • 12 millas de la costa.
  • Navegación dentro del archipiélago balear y canario.
  • Exámenes por la Administración
  • 16 horas de prácticas.
  • Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P).
  • Solo Escuelas. Adicionalmente, si se realizan 24 horas de prácticas (por lo menos 4 de navegación nocturna),este título habilitará para navegar:
  • A motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas).
  • Entre Península y Baleares

Patrón de Yate:

  • Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas).
  • Navegación de día y de noche.
  • 150 millas de la costa.
  • Exámenes por la Administración.
  • 48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P).
  • Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P). Este curso no es necesario repetirlo si ya lo hicieron para el PER (Patrón de Embarcación de Recreo).
  • Solo escuelas.

Capitán de Yate

  • Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas).
  • Navegación de día y de noche.
  • Navegación ilimitada.
  • Exámenes por la Admon.
  • 48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P).
  • Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P).Este curso no es necesario repetirlo si ya lo hicieron con anterioridad.
  • Solo escuelas.

Otros Cambios Significativos.

  • Mantenimiento de la renovación de la tarjeta cada 10 años, previa presentación de reconocimiento psicofísico. Cada 5 años después de los setenta años .
  • Posibilidad de que la Administración Competente realice el examen práctico si así lo legisla.
  • Se permiten las prácticas en aguas interiores sólo para la Licencia de navegación, el PNB ylas prácticas de vela.Las prácticas de vela son únicas, por lo que una vez hechas valen para todos los títulos, no solo el PNB. Transitoria de 6 meses.
  • Se permite por parte de las escuelas náuticas el empleo de embarcaciones semirrígidas solamente para la Licencia de navegación. Para las prácticas del PNB y del PER las embarcaciones deberán tener una eslora mínima de seis metros y de 11,50 para la las prácticas del Patrón de Yate y Capitán de Yate. Deberán disponer de un equipo AIS tipo B con capacidad de extracción y exportación de datos.
  • Los “titulines” expedidos antes de la entrada en vigor de la norma conservarán susatribuciones y podrán canjearse a su renovación por la actual licencia de navegación si serealizan 4 horas de prácticas. No obstante, para ello las federaciones deberán remitir a la DGMM, en el plazo de dos meses, desde la entrada en vigor de la norma el registro dedatos de los poseedores de los actuales titulines.
  • Se permitirá el examen por bloques en Patrón de Yate y Capitán de Yate pero solo durante 2 convocatorias, siguientes en las que se realice el examen de Patrón de Yate y Capitán de Yate
  • El Real Decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE salvo:

-El régimen de exenciones que entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el BOE

-Las previsiones relacionadas con el otorgamiento de las licencias de navegación por las federaciones de vela y motonáutica y por las escuelas de náutica, que entrarán en vigor a los 20 días de publicación en el BOE.

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Viernes, octubre 10, 2014 | Mientras muchas personas sobreviven a través de esta práctica, el Estado cubano se encarga de ponerle trabas mediante normas confusas. La libre interpretación de las mismas marca el rigor de la ley para estos casos.

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Implementos de pescador submarino deteriorados (foto del autor)

LA HABANA, Cuba. –Cada día, con los primeros rayos de sol, Miguel Suárez se dirige al mar. Escopeta, careta y patas de rana son sus herramientas de trabajo. Su familia depende de lo que él pueda pescar, y sin cuestionárselo Miguel lo arriesga todo, pues en la tarea de ganarse el sustento puede perder su licencia de Pesca Deportivo-Recreativa.

Las personas que realizan esta actividad solo pueden adquirir un tipo de licencia, la de Pesca Deportivo-Recreativa, que según las autoridades es lícita únicamente durante los fines de semana. A quienes cazan entre lunes y viernes esto les puede costar el decomiso de todo lo que capturen, más una multa de 1500 pesos y la suspensión de la licencia de por vida.

Julián Martínez, de 34 años, pesca ilegalmente, porque hace tres meses le quitaron la licencia: “No tengo forma alguna de recuperar el permiso. Pero creo que es mejor así, pues de todos modos te ves obligado a incumplir limitaciones absurdas”.

“Creo que la sanción que se implementa a los pescadores que violan esta norma por primera vez debería ser menos radical. Una multa, una sanción o castigo por unos meses, pero no quitarles la licencia de manera definitiva”, sugiere, por su parte, Alejandro Paredes, pescador submarino.

Sin embargo, desde el otro lado del asunto, un inspector que dice llamarse Lázaro declara: “Solo están autorizados a pescar los fines de semana. Ellos lo saben, uno se lo explica, pero no hacen caso”

En la resolución No. 519/96, del Ministerio de la Industria Pesquera, y el decreto ley No 67, de 1983, artículo 53, inciso r, se establece la cantidad de hasta 15 kg (33 libras) como cuota máxima de captura permisible en las zonas de gran interés económico. Pero en las zonas de menor interés económico la cantidad asciende a 30 kg (66 libras). Todo pescador deportivo-recreativo que esté autorizado para la práctica de esta modalidad de pesca tendrá derecho a dichas cuotas por cada salida al mar que realice.

Alejandro García, pescador, de 34 años, alega: “He leído las resoluciones y no he visto nada que diga que solo se permite pescar sábados y domingos. La cantidad de 15 kg que puedo pescar es cada vez que salga al mar, así lo entendí yo”.

Por otro lado, los turistas capturan habitualmente las langostas sin impedimento, algo prohibido para la población cubana, aunque la ley no establece excepciones.

Edgar Suárez, de 41 años, explica que los pescadores submarinos obtienen sus equipos comprándoselo a otro pescador o algún familiar que se los trae del extranjero. Y al respecto puntualiza: “En la calle yo compro una careta en 20 dólares y unas aletas en 90 dólares, pero si voy a una tienda deportiva estatal, el monto llegaría a los 250 dólares”.

Para poder mantenerse en este tipo de prácticas, muchos pescadores submarinos construyen sus propios implementos, ya que la entidad a la que pertenecen no asegura sus equipamientos. Los materiales se obtienen en el mercado negro, con personas que trabajan en las empresas que usan metales. “La Antillana de Acero, la Unidad de Comunicación o la Empresa Aeronáutica son los lugares donde se obtiene este tipo de materiales”, asegura el pescador Edgar Suárez.

Los pescadores submarinos, limitados a pescar con fines deportivos, incumplen la ley continuamente. Tratando de legalizar su actividad, algunos desisten y dejan este tipo de ocupación. Los más osados permanecen, con o sin documento, en su lucha diaria por sacar del mar su sustento.

Cubanet